Abogado de Cohecho en Madrid
Si te están investigando por cohecho (haber ofrecido, prometido o entregado una dádiva a un funcionario, o haberla recibido siendo tú el funcionario), estás ante una de las acusaciones más sensibles del Código Penal. La pena puede llegar a 6 años de prisión más inhabilitación especial de hasta 12 años, y la causa suele venir acompañada de mucha exposición pública.
Llevamos casos de funcionarios, inspectores, autoridades, particulares y empresas adjudicatarias señalados por cohecho activo o pasivo. Te coge el teléfono directamente Antonio Cervantes (ICAM 141.301) o Guillermo García-Escribano. Sin call center. 681 256 507, 24 horas.
Otros delitos contra la Administración Pública en los que también te defendemos
El cohecho casi nunca llega solo. Suele aparecer junto a otras figuras del Título XIX del Código Penal que también trabajamos en el despacho.
La página pilar del cluster, con la visión completa de los delitos contra la Administración Pública y cómo encajan entre sí.
- Cohecho pasivo: el funcionario que recibe
- Cohecho activo: el particular que ofrece
- Cohecho de funcionarios extranjeros
- Responsabilidad penal de la empresa
Cuando la conducta investigada implica además uso indebido de fondos públicos, tarjetas corporativas o desvío de caudales.
- Apropiación de caudales públicos
- Uso temporal sin ánimo apropiativo
- Tarjetas corporativas y dietas
- Inhabilitación absoluta como pena
Cuando la causa investiga si la resolución administrativa que se firmó fue arbitraria a sabiendas de su injusticia.
- Resoluciones arbitrarias a sabiendas
- Licencias urbanísticas y de actividad
- Contratación pública
- Decretos de personal
Cuando se cuestiona que medió un prevalimiento de cargo o de relación personal para conseguir una resolución favorable.
- Tráfico por autoridad o funcionario
- Tráfico por particular
- Casos de puerta giratoria
- Responsabilidad penal de la empresa
Defendemos al funcionario o autoridad acusado de haber recibido la dádiva (cohecho pasivo) y también al particular o empresa señalado de haberla ofrecido o entregado (cohecho activo). El procedimiento se sustancia, en la mayoría de los casos, en los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla; en aforamientos llega al TSJ de Madrid o al Tribunal Supremo. Trabajamos cada fase desde el día uno: asistencia al detenido o investigado, escrito de defensa, prueba pericial económica de descargo y, cuando toca, negociación de conformidad estratégica.
Cuándo te conviene llamar a un abogado penalista especialista en cohecho
- Has recibido una citación como investigado y tienes que comparecer en breve.
- Te han llamado la UDEF, la Fiscalía Anticorrupción o un juzgado pidiendo declaración.
- Hay un registro programado en tu despacho oficial, en tu casa o en la sede de tu empresa.
- Te citan como testigo pero la línea de las preguntas apunta a otra cosa.
- Apareces nombrado en una querella o denuncia que aún no te han comunicado.
- Eres administrador de una empresa adjudicataria señalada en una causa abierta.
- Eres funcionario o autoridad y un compañero ha empezado a colaborar con la Fiscalía.
- Tu defensa la lleva un abogado generalista y quieres una segunda opinión penalista.
Por qué necesitas un abogado especialista en cohecho desde el primer momento
La pena de prisión es el primer susto, pero no es lo único en juego:
- La inhabilitación especial, que puede llegar a 12 años, te aparta del cargo y te impide volver a ocupar otro puesto en lo público mientras dure.
- La carrera profesional, incluso aunque la pena se suspenda. El rastro en la hoja histórico-penal y el ruido interno suelen marcar el resto de la vida.
- El expediente disciplinario que se abre en paralelo dentro de la Administración. Hay que coordinar la defensa penal con la disciplinaria para que no se contradigan.
- El comiso del dinero o de los bienes recibidos como dádiva, más la multa proporcional al beneficio obtenido.
- La reputación: estos procedimientos suelen ir a los medios. Trabajamos también cómo se comunica tu defensa para no alimentar el ruido.
- La empresa: si la conducta se imputa también a la persona jurídica (art. 427 bis CP), entran multa, prohibición de contratar con el sector público y prohibición de obtener subvenciones.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Cómo construimos tu defensa como despacho de abogados penalistas
Cada caso de cohecho es distinto, pero el método de trabajo se repite:
- Antes de declarar. Conseguimos la causa, leemos cada folio del expediente, hablamos con cada testigo a tu alcance y preparamos la declaración del investigado documento por documento.
- Discutimos el tipo penal. ¿Era realmente una dádiva o una atención profesional habitual? ¿El acto del cargo es propio o impropio? ¿Hay relación causal real entre regalo y resolución? Aquí se decide muchas veces la calificación.
- Pericial de descargo. En cohecho con beneficio económico hay casi siempre una pericial contable de la acusación. La rebatimos cuando hay base, no porque toque.
- Atacamos la prueba dudosa. Intervenciones telefónicas mal motivadas, volcados de móviles sin cadena de custodia, testimonios de coimputados que colaboran a cambio de rebajas. Son los puntos que pueden tumbar piezas de la acusación.
- Atenuantes y reparación. Confesión, devolución del importe, colaboración. Bien planteadas pueden mover la condena de prisión efectiva a pena suspendida.
- Compliance penal de la empresa cuando la causa salpica a la persona jurídica: programa eficaz adoptado antes de los hechos, exención o atenuación.
- Conformidad estratégica cuando la prueba es demoledora. No vendemos juicios que no van a ganarse: trabajamos para sacarte el menor daño posible.
Otros delitos del penal económico en los que también te defendemos
El cohecho conecta a menudo con otras figuras del derecho penal económico que trabajamos en el despacho: delitos contra la Administración Pública en general, malversación, prevaricación, tráfico de influencias, fraude de subvenciones, blanqueo de capitales, delitos fiscales y administración desleal. Cuando una causa arrastra varias piezas, diseñamos una sola estrategia que las contemple a todas.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Cómo avanza el procedimiento penal por cohecho, paso a paso
Esto es lo que vas a vivir desde que te citan hasta el juicio (o hasta el archivo, si la cosa se queda ahí):
- Citación o detención. En cohecho con intervenciones telefónicas es habitual que la primera medida llegue por sorpresa, con registro incluido. Si ocurre, no firmes nada sin abogado.
- Primera declaración. En el juzgado de instrucción. Decidimos contigo si declaras o no. Lo más prudente suele ser esperar a tener el expediente delante.
- Instrucción. Testificales, periciales económicas, expedientes administrativos, intervenciones telefónicas y, cuando aplica, declaraciones de coimputados que colaboran. Es la fase larga y donde se decide casi todo.
- Auto de procedimiento abreviado y acusaciones. Escritos del Fiscal, de la acusación particular o popular si la hay, y tu defensa.
- Juicio oral. Juzgado de lo Penal o Audiencia Provincial; en aforados, TSJ Madrid o Tribunal Supremo.
- Sentencia y recursos. Apelación, casación y, en su caso, amparo. Si hay condena, se valora la suspensión y la sustitución de la pena.
En cualquier punto del recorrido puedes llamarnos. Cuanto antes nos sumemos, más margen tiene la defensa.
Un proceso claro, de principio a fin
Desde el primer contacto hasta la resolución del procedimiento, mantenemos una metodología transparente para que en cada paso sepas qué esperar.
Primer contacto
Escuchamos tu situación en una primera entrevista confidencial, valoramos urgencia y definimos los próximos pasos.
Análisis del caso
Estudio del expediente, recopilación de prueba y elaboración de un informe interno con las opciones de defensa.
Estrategia y preparación
Diseñamos la estrategia procesal, preparamos escritos y trabajamos contigo cada hito relevante del procedimiento.
Defensa en sala
Asumimos la defensa en juicio con preparación minuciosa de testifical, pericial y los recursos que correspondan.
Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año
Llamamos, nos desplazamos y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid y todo el territorio nacional.
Respuestas a las dudas más habituales
Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.
¿Me pueden imputar por cohecho aunque no llegara a pagar al funcionario?
Sí. El cohecho activo del particular (art. 424 CP) castiga tanto el pago efectivo como la oferta y la promesa de la dádiva. Lo mismo ocurre en el cohecho pasivo: basta con que el funcionario solicite o acepte el ofrecimiento, aunque no llegue a recibir nada.
¿Voy a ir a la cárcel si me condenan por cohecho?
Depende de la modalidad y del importe. En cohecho pasivo propio (art. 419 CP) la pena va de 3 a 6 años de prisión, lo que dificulta la suspensión. En cohecho impropio y en muchos cohechos activos, la pena suele permitir la suspensión de la ejecución si no hay antecedentes y se repara el daño. Lo que casi siempre va delante es la inhabilitación.
¿Sigo trabajando como funcionario mientras dura el procedimiento?
En la mayoría de los casos sí, salvo medida cautelar específica. Si en paralelo se abre expediente disciplinario, la Administración puede acordar tu suspensión provisional de funciones. Por eso conviene coordinar la defensa penal y la disciplinaria desde el primer momento.
Soy directivo de una empresa adjudicataria. ¿También responde la sociedad?
Sí. El art. 427 bis CP prevé la responsabilidad penal autónoma de la persona jurídica en cohecho. La empresa puede ser sancionada con multa, prohibición de contratar con el sector público y prohibición de obtener subvenciones. Un programa de cumplimiento normativo eficaz, adoptado antes de los hechos, es factor de exención o atenuación.
¿Sirve la entrega del dinero como atenuante?
La devolución íntegra del importe recibido o defraudado antes del juicio oral, junto con la confesión, puede operar como atenuante muy cualificada (art. 21 CP) y rebajar la pena en uno o dos grados. En cohechos con cuantías relevantes, esa rebaja puede ser la diferencia entre prisión efectiva y suspensión.
Visítanos en Madrid
La sede física del despacho está en pleno centro. Atendemos con cita previa para garantizar la dedicación que cada asunto requiere.
Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano
Reserva una primera valoración o llámanos directamente. Atendemos consultas presenciales, telefónicas y por videoconferencia.
- Calle Goya 20, 1.º Izquierda · 28001 Madrid
- 681 256 507 · 24 horas, todos los días
- info@cgeestudiojuridico.es
- Lunes a viernes · 9:00 – 19:00 (asistencia detenido 24/7)
Si te están investigando por cohecho, lo primero es llamar
Cuanto antes nos sumemos a tu defensa, más opciones tenemos de evitar la prisión, reducir la inhabilitación o conseguir el archivo. Te coge el teléfono directamente uno de los socios del despacho, sin intermediarios, 24 horas al día. Atendemos en Madrid y nos desplazamos a cualquier juzgado del territorio nacional cuando el caso lo justifica. 681 256 507.