Abogado de Juicios Rápidos en Madrid
Si te han detenido por alcoholemia, drogas al volante, conducción temeraria, lesiones, hurto o violencia de género en flagrancia, el procedimiento entra en juicio rápido del art. 795 LECrim y la causa se concentra en pocos días. Diligencias urgentes ante el Juzgado de Guardia, posible conformidad con reducción de un tercio (art. 801 LECrim) en la misma comparecencia y, si no procede, juicio ante el Juzgado de lo Penal en pocas semanas. El despacho asume la dirección letrada desde el atestado. Sede en Goya 20, Madrid. Asistencia 24 horas.
Procedimientos urgentes que el despacho asume desde la primera llamada
Estos son los procedimientos urgentes que se cruzan habitualmente con un juicio rápido: la detención previa, la causa por seguridad vial y la concurrencia de varias urgencias a la vez.
Cuando la detención por flagrancia o citación inminente ya se ha producido y necesitas asistencia letrada cualificada desde el primer minuto (art. 520 LECrim).
- Desplazamiento a comisaría 24/7
- Entrevista reservada antes de declarar
- Estrategia previa al art. 505 LECrim
- Línea directa: 681 256 507
Cuando el juicio rápido nace de un positivo en alcoholemia, drogas al volante, negativa a la prueba o conducción temeraria (arts. 379-385 CP).
- Discusión de la doble medición etilométrica
- Verificación metrológica del etilómetro (ITC/3707/2006)
- Defensa frente a negativa (art. 383 CP)
- Pérdida de carné y tasas penales
Cuando coinciden detención, juicio rápido y, en su caso, comparecencia del art. 505 LECrim en pocas horas.
- Asistencia al detenido (art. 520 LECrim)
- Juicio rápido (art. 795 LECrim)
- Comparecencia de prisión (art. 505 LECrim)
- Habeas corpus (LO 6/1984)
La conformidad estratégica del art. 801 LECrim, cuando resulta procedente, se construye sobre una calificación negociada con la Fiscalía antes de la vista. La aceptación de la calificación inicial sin trabajo previo sobre agravantes, atenuantes aplicables y duración de la privación del permiso de conducir conduce habitualmente al mínimo aprovechamiento defensivo del procedimiento.
El despacho asume la dirección letrada en juicios rápidos ante los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla, los Juzgados de lo Penal de Madrid y los partidos del Corredor del Henares. Te atiende personalmente uno de los abogados titulares del despacho —Antonio Cervantes Polo (ICAM 141.301) o Guillermo García-Escribano—. Línea directa 24 horas: 681 256 507.
Juicio rápido del art. 795 LECrim: qué delitos entran y por qué importa la calificación inicial
El juicio rápido se reserva para delitos con pena máxima de 5 años de prisión, supuestos de flagrancia o instrucción sencilla. El catálogo del art. 795.1.2 LECrim incluye:
- Seguridad vial (alcoholemia, drogas al volante, conducción temeraria, sin carnet).
- Lesiones del art. 147 CP.
- Coacciones, amenazas y violencia ocasional no agravadas.
- Violencia de género en flagrancia (arts. 153 y 173.2 CP).
- Hurto y robo con fuerza en supuestos del catálogo.
- Sustracción de vehículos (art. 244 CP).
- Salud pública en su modalidad básica del art. 368 CP segundo inciso.
La calificación inicial del Fiscal es el primer terreno de juego. Si entras a la comparecencia con una calificación inflada y la aceptas, el resultado lo arrastras toda la pena. Lo trabajamos antes.
Conformidad con reducción de un tercio (art. 801 LECrim): cuándo conviene y cómo se prepara
La conformidad útil no es decir «sí» a lo que ofrezca la Fiscalía. Es una negociación previa con tres palancas:
- Calificación. Discutir agravantes que sobran y atenuantes que sí caben (drogadicción, embriaguez no plena, reparación del daño, dilaciones).
- Pena. Sobre la calificación negociada, reducción de un tercio del art. 801 LECrim.
- Suspensión. Si la pena queda por debajo de 2 años y se cumplen los requisitos del art. 80 CP, suspensión efectiva. Plan de pago de responsabilidad civil si concurre.
La conformidad en sala, sin esa preparación, es aceptar la oferta inicial. Por eso pedimos siempre la calificación con tiempo y trabajamos con la Fiscalía antes de la comparecencia.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Cuándo NO conformarse: defensa en juicio rápido cuando el atestado es endeble
Hay supuestos donde la conformidad es la peor opción. Los identificamos pronto:
- Atestado con irregularidades formales: lectura de derechos defectuosa, falta de entrevista reservada, etilómetro sin verificación metrológica vigente.
- Tasa de alcoholemia intermedia (0,40-0,60 mg/l) sin prueba indiciaria de afectación.
- Identificación dudosa en hurto o robo (rueda mal planteada, reconocimiento fotográfico viciado).
- Lesiones discutibles (parte forense que no encaja con el relato, ausencia de testigos directos).
Cuando el cuadro probatorio es discutible, pedimos transformación a procedimiento abreviado (art. 798.2 LECrim) para abrir prueba pericial y testifical más amplia.
Atestado policial: lo que miramos antes de pisar el juzgado
La defensa empieza por el atestado. En cada caso revisamos:
- Cómo se produjo la detención y si la lectura de derechos del art. 520 LECrim fue completa.
- Si hubo entrevista reservada con letrado antes de la declaración (art. 520.6.c LECrim).
- Trazabilidad del etilómetro o del droguímetro (modelo, número de serie, verificación).
- Cadena de custodia de sustancias incautadas o muestras de sangre.
- Identidad clara entre los investigados y consistencia del relato policial.
Las irregularidades no son nulidades automáticas, pero sostienen tanto la negociación con la Fiscalía como la línea defensiva en sala.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
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Cómo trabaja el despacho un juicio rápido desde la primera llamada
Recibimos la llamada o asistimos desde comisaría
Atendemos directamente la llamada con un abogado titular del despacho, incluso fuera de horario. Si hay detención previa, nos desplazamos a comisaría con asistencia inmediata. La primera entrevista reservada se realiza antes de cualquier diligencia policial (art. 520.6.c LECrim).
Entrevista reservada contigo
Revisamos contigo los hechos, las pruebas que conozcas, los antecedentes y la situación personal (laboral, familiar, condiciones de arraigo). Esta lectura permite anticipar la calificación y las atenuantes aplicables antes de pisar el juzgado.
Lectura del atestado y de la calificación provisional
Examinamos el atestado policial, la cadena de custodia del etilómetro o del droguímetro cuando aplica, y la calificación provisional del Ministerio Fiscal. Esta lectura técnica decide qué se negocia y qué se discute en sala.
Decisión técnica: conformidad, transformación o defensa en sala
Valoramos las tres opciones reales: conformidad estratégica negociada del art. 801 LECrim, transformación a procedimiento abreviado cuando la instrucción exige más diligencias, o defensa en sala si el atestado es endeble. La decisión se toma contigo, con la información completa del expediente.
Comparecencia del art. 798 LECrim con todos los frentes preparados
En la comparecencia ante el Juzgado de Guardia llevamos preparada la propuesta de calificación, la postura sobre medidas cautelares, la propuesta de pena en caso de conformidad y la documental de descargo (arraigo, atenuantes, plan de pago de responsabilidad civil).
Si vamos a juicio, proposición de prueba y vista
Cuando no procede conformidad, presentamos escrito de defensa con proposición de prueba (testifical, pericial contradictoria, documental) y asumimos la vista ante el Juzgado de lo Penal de Madrid.
Si la sentencia no procede, recurso de apelación
Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (art. 803 LECrim) cuando la sentencia no resulta favorable o existen motivos técnicos para impugnarla.
Errores que vemos cada semana en juicios rápidos
- Aceptar la primera calificación que ofrece la Fiscalía sin discutir agravantes.
- Conformarse sin saber si la pena resultante permite suspensión del art. 80 CP.
- Negarse al etilómetro creyendo que «salva» la condena: el art. 383 CP tiene pena más grave que la propia alcoholemia.
- Declarar en comisaría sin entrevista reservada previa.
- No pedir el contraperitaje de alcoholemia cuando la tasa es discutible.
- Conformarse en la vista oral sin haber abordado la responsabilidad civil del accidente.
Asistencia 24 horas para detenciones, citaciones e ingresos urgentes
Tlf. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es
Cómo trabaja el despacho un juicio rápido, desde la primera comparecencia
Desde la primera llamada tras una detención por flagrancia hasta la sentencia firme del Juzgado de lo Penal y el recurso ante la Audiencia Provincial, trabajamos cada juicio rápido con el mismo método. Lo aplicamos igual a una alcoholemia del art. 379 CP que a una violencia de género en flagrancia del art. 153 CP.
Primer contacto
Te atendemos directamente por teléfono o presencialmente, incluso fuera de horario. Identificamos si hay detención en curso o citación de guardia ya señalada y activamos la asistencia letrada desde ese momento. Por qué importa: la conformidad y la posición frente al art. 505 LECrim se deciden en horas.
Análisis del caso
Revisamos atestado policial, calificación provisional del Fiscal, antecedentes, documentación de arraigo y cualquier elemento que sostenga atenuantes (reparación del daño, dilaciones, drogadicción). Por qué importa: la calificación negociada se construye con información, no con improvisación.
Estrategia y preparación
Diseñamos la postura técnica: conformidad estratégica con reducción de un tercio (art. 801 LECrim), transformación a abreviado o defensa en sala. Preparamos la documental de descargo y el plan de pago de responsabilidad civil si concurre. Cada hito procesal se prepara contigo, no por ti.
Defensa en sala
Defensa en la comparecencia del art. 798 LECrim ante el Juzgado de Guardia o en el juicio ante el Juzgado de lo Penal cuando no procede conformidad. Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid del art. 803 LECrim cuando corresponde.
Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año
Atendemos la llamada, nos desplazamos a la dependencia policial y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid capital, Corredor del Henares y todo el territorio nacional. La línea está atendida por un abogado titular del despacho, no por un contestador externo.
Defensa en juicios rápidos: preguntas frecuentes
Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.
¿Qué hago si me han citado a declarar como investigado o detenido?
Lo primero es no declarar sin abogado. Acude a la cita acompañado de letrado de tu confianza: tienes derecho a guardar silencio y a entrevistarte reservadamente con tu abogado antes de cualquier declaración. Contáctanos cuanto antes para preparar la diligencia con tiempo. En la primera consulta lo revisamos en tu caso concreto.
¿Ofrecen asistencia al detenido fuera del horario habitual?
Sí. Disponemos de un teléfono de asistencia al detenido las 24 horas, los 365 días del año. Un letrado titular del despacho se desplazará a comisaría o juzgado de guardia en el menor tiempo posible. Si tienes un familiar detenido ahora, llámanos directamente.
¿Llevan casos fuera de Madrid?
Sí. Aunque la sede física está en Madrid, el despacho asume procedimientos en todo el territorio nacional, así como ante la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y órganos de cooperación judicial internacional. Lo determinamos en la primera valoración del expediente.
¿Pueden ayudar con un familiar interno en un centro penitenciario?
Sí. Tramitamos progresiones de grado, permisos de salida, libertad condicional, recursos contra sanciones y cualquier incidencia ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, así como solicitudes de indulto cuando proceda. Antes de cualquier comparecencia, conviene revisarlo con el despacho.
¿Trabajan con clientes extranjeros o procedimientos de extradición?
Sí. Asumimos defensas en procedimientos de extradición pasiva y Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) ante la Audiencia Nacional, así como asistencia a clientes no residentes con intereses procesales en España. En la primera consulta te confirmamos si tu caso entra en esa competencia.
Sede del despacho en Goya 20, Madrid
Atendemos en pleno centro, junto a la estación de metro Goya. Las consultas son presenciales, telefónicas o por videoconferencia, siempre con dedicación reservada al asunto y bajo secreto profesional estricto.
Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano
Reserva una primera valoración o llama directamente al despacho. Atendemos consultas presenciales en Goya 20, por teléfono y por videoconferencia, siempre con la confidencialidad propia del ejercicio profesional.
- Calle Goya 20, 1.º Izquierda · 28001 Madrid
- 681 256 507 · 24 horas, todos los días
- info@cgeestudiojuridico.es
- Lunes a viernes · 9:00 – 19:00 (asistencia detenido 24/7)
Por qué un abogado especialista en juicios rápidos asume la defensa desde el atestado
Un juicio rápido se decide en los primeros movimientos: cómo se lee el atestado, qué calificación se negocia con la Fiscalía y si la conformidad es la mejor herramienta o, por el contrario, la peor opción. El despacho asume la dirección letrada desde el momento en que se descuelga el teléfono. Atendemos en Madrid capital, Corredor del Henares y todo el territorio nacional.