Abogado de Delitos Económicos en Madrid

Si has recibido una citación de la UDEF, un requerimiento de la Inspección de Hacienda con indicios penales o una querella por administración desleal, apropiación indebida, blanqueo o delito fiscal, el escenario procesal se decide en las primeras semanas. El despacho asume la dirección letrada desde la primera comparecencia y trabaja la estrategia frente al Juzgado de Instrucción y al Ministerio Fiscal. Sede en Goya 20, Madrid. Asistencia 24 horas.

Áreas que asumimos

Defensa frente a los principales delitos económicos

El bufete asume la dirección letrada en cada una de las subáreas que componen el derecho penal económico. Si tu situación encaja en alguna de estas materias, la línea de defensa parte de un análisis técnico previo a cualquier comparecencia ante la autoridad judicial.

01 — ADMIN

Cuando un administrador, socio o directivo gestiona patrimonio ajeno con perjuicio para la sociedad (art. 252 CP).

02 — APROP

Cuando se imputa la incorporación al patrimonio propio de bienes recibidos con obligación de entregar o devolver (art. 253 CP).

03 — DELIT

Cuando concurren conductas tipificadas en los arts. 290 a 297 CP: falseamiento de cuentas, acuerdos abusivos, obstrucción al control social.

04 — BLANQ

Cuando la UDEF o el SEPBLAC abren una causa por los arts. 301 a 304 CP, incluida la modalidad imprudente y la del círculo cercano del autor del delito previo.

05 — DELIT

Cuando la deuda regularizada supera los 120.000 euros por ejercicio o concurren indicios de ocultación dolosa (arts. 305 a 310 bis CP).

06 — ACUSA

Cuando la sociedad o el particular perjudicado decide personarse para dirigir la acción penal frente al autor del delito económico.

El bufete asume la dirección letrada en procedimientos por delitos económicos ante los Juzgados de Instrucción de Madrid capital, los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional cuando la materia lo requiere y la Audiencia Provincial en fase de juicio oral. Cuando concurren los presupuestos del art. 31 bis del Código Penal, la defensa se articula en doble frente: dirección letrada de la persona física investigada y dirección letrada diferenciada de la persona jurídica, con análisis técnico del modelo de organización y gestión (compliance) como atenuante o eximente. Te atendemos en C/ Goya 20, 1.º Izquierda, 28001 Madrid. 681 256 507.

Cómo defendemos a la sociedad cuando la causa salpica al administrador (art. 31 bis CP)

Cuando la causa salpica también a la sociedad, no basta con defender al administrador. Desde la reforma de 2010, la persona jurídica responde penalmente por una serie tasada de delitos económicos y necesita dirección letrada propia. El bufete asume la defensa empresarial en cuatro frentes:

  • Auditamos el modelo de organización y gestión (compliance) ya implantado: programa de prevención, canal interno de denuncias y mecanismos de supervisión.
  • Discutimos el defecto estructural del modelo: la responsabilidad penal de la sociedad exige ausencia o gravísimo defecto del programa de prevención.
  • Asumimos dirección letrada diferenciada cuando los intereses de la sociedad y los del administrador entran en conflicto.
  • Trabajamos las atenuantes del art. 31 quater CP: confesión, reparación del daño, colaboración con la Justicia e implantación posterior de medidas.
Asesor legal revisando documentación con un cliente

Cómo trabaja el despacho una causa por delito económico

01

Análisis documental previo a la declaración

Revisamos actas de inspección, requerimientos, contabilidad, contratos, movimientos bancarios y comunicaciones antes de cualquier comparecencia. Esa lectura técnica decide qué se declara, qué se reserva y qué documentos conviene aportar al juzgado.

02

Coordinación pericial

Incorporamos peritos económicos, asesores fiscales y mercantilistas externos cuando la complejidad técnica del expediente lo requiere. Una pericial sólida puede neutralizar la pericial de cargo desde la fase de instrucción.

03

Estrategia procesal individualizada

Trabajamos las medidas cautelares (libertad provisional, fianzas, prohibición de disponer, decomiso preventivo), valoramos la conformidad como herramienta defensiva cuando procede y diseñamos la prueba según el juzgado competente. La estrategia se decide antes de la primera comparecencia, no después.

04

Asistencia al cliente en paralelo a la causa

Te orientamos sobre las consecuencias mercantiles y tributarias del procedimiento penal y, cuando existen, coordinamos la defensa con tus letrados civiles o administrativos. Una causa penal económica nunca camina sola.

Línea directa

Asistencia urgente del despacho en detenciones, citaciones e ingresos

Si tienes una citación inminente, un detenido o un ingreso, llama directamente al despacho. La asistencia letrada se activa desde el primer minuto. 681 256 507 · info@cgeestudiojuridico.es

Juzgados y tribunales en los que el despacho ejerce la defensa económica en Madrid

El bufete asume la dirección letrada de forma habitual ante los órganos competentes en materia de delitos económicos en Madrid:

  • Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla: instrucción ordinaria de la mayoría de procedimientos por delitos económicos.
  • Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional: cuando la cuantía, la complejidad o el carácter transfronterizo lo determinan, especialmente blanqueo con conexión internacional, delitos fiscales de gran cuantía y organización criminal económica.
  • Juzgados de lo Penal de Madrid y Audiencia Provincial de Madrid: enjuiciamiento según la pena solicitada por la acusación.
  • Tribunal Supremo, Sala Segunda: recurso de casación.
  • Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada y Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Económicos: contraparte habitual en el ejercicio de la acción pública.
Cómo trabajamos

Estrategia de defensa que aplicamos en delitos económicos

Desde la primera entrevista hasta la sentencia, trabajamos cada procedimiento económico con el mismo método. Lo aplicamos igual en una causa por administración desleal que en una imputación por blanqueo o por delito fiscal.

01
PASO

Primer contacto

Primera entrevista confidencial en sede o por videoconferencia. Revisamos contigo la citación, querella o requerimiento que has recibido y valoramos la urgencia procesal. Si hay comparecencia inminente, se prepara antes de la consulta inicial.

02
PASO

Análisis del caso

Estudio técnico del expediente: actas de inspección, contabilidad, contratos, movimientos bancarios y comunicaciones. Te entregamos un informe interno con las opciones de defensa y la línea recomendada antes de cualquier comparecencia.

03
PASO

Estrategia y preparación

Diseño de la estrategia: medidas cautelares, prueba pericial económica, postura frente al art. 305.4 CP o frente al compliance penal, valoración de la conformidad. Preparamos cada hito del procedimiento contigo, no por ti.

04
PASO

Defensa en sala

Defensa en juicio oral ante el Juzgado de lo Penal, la Audiencia Provincial o la Audiencia Nacional según el órgano competente. Preparación de testifical, pericial y, en su caso, recurso de apelación o casación.

Asistencia al detenido las 24 horas, todos los días del año

Llamamos, nos desplazamos y asumimos la defensa desde el primer minuto. Madrid y todo el territorio nacional. La línea está atendida por letrado del despacho, no por contestador externo.

Asesoramiento jurídico estratégico para prevenir riesgos legales
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la defensa en delitos económicos

Si tu pregunta no está aquí, escríbenos: respondemos en menos de 24 h laborables y siempre de forma confidencial.

El Código Penal español agrupa los delitos económicos principalmente en el Título XIII (Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico), con figuras como administración desleal (art. 252), apropiación indebida (art. 253), insolvencias punibles (arts. 257-261), delitos societarios (arts. 290-297) y blanqueo de capitales (arts. 301-304); y, en el Título XIV, los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (arts. 305-310 bis). Otras figuras conexas son la falsedad documental (arts. 390-399) y la corrupción en los negocios (arts. 286 bis y siguientes). En la primera consulta lo revisamos en tu caso concreto.
La administración desleal sanciona la gestión perjudicial del patrimonio ajeno por parte de quien tiene facultades de disposición. La apropiación indebida sanciona la incorporación al patrimonio propio de bienes recibidos con obligación de entregar o devolver. Aunque a menudo se solapan en los hechos, son tipos penales distintos y conllevan consecuencias procesales diferentes. Lo determinamos en la primera valoración del expediente.
No siempre. La vía administrativa de la inspección tributaria precede al procedimiento penal. Sin embargo, si la deuda regularizada supera los 120.000 euros por ejercicio impositivo o existen indicios de ocultación dolosa, conviene contar con asesoramiento penalista en paralelo desde el inicio para preservar la posibilidad de regularización del art. 305.4 CP. Si tienes un requerimiento similar, agenda una primera entrevista confidencial.
Sí. Tras la LO 5/2010, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por delitos económicos tasados (art. 31 bis CP). La existencia de un modelo de prevención eficaz puede operar como eximente o atenuante. La defensa de la sociedad y la del administrador deben asumirse por letrados diferentes cuando concurren intereses contrapuestos. Antes de cualquier comparecencia, conviene revisarlo con el despacho.
Sí, cuando la materia y la competencia objetiva del órgano lo justifican: delitos económicos transnacionales, organización criminal con afectación a varias provincias, blanqueo con conexión internacional y delitos fiscales de cuantía agravada. En la primera consulta te confirmamos si tu caso entra dentro de esa competencia.
Dónde estamos

Sede del despacho penal económico en Madrid (Goya 20)

Atendemos en pleno centro, junto a la estación de metro Goya. Las consultas son presenciales, por teléfono o por videoconferencia, siempre con dedicación reservada al asunto y bajo secreto profesional estricto.

Información

Estudio Jurídico Cervantes & Gª-Escribano

Reserva una primera valoración o llama directamente al despacho. Atendemos consultas presenciales en Goya 20, por teléfono y por videoconferencia, siempre con la confidencialidad propia del ejercicio profesional.

Por qué un abogado especialista en delitos económicos asume la defensa desde el primer minuto

Una imputación por delito económico se decide en los primeros movimientos: cómo se afronta la primera declaración, qué se aporta documentalmente y cómo se interactúa con la inspección, la UDEF o el Juzgado Central de Instrucción. El despacho asume la dirección letrada desde el momento en que entras por la puerta. Atendemos en Madrid y en todo el territorio nacional.

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